domingo, 20 de agosto de 2017

LIBRO: El Mulato Riquelme

Fuente: Memoria Chilena - Rosario Padilla - Fernando Santiván.




La obra lleva por subtítulo "Novela Histórica", la novela relata al inicio los amores clandestinos entre doña Isabel Riquelme y don Ambrosio O'Higgins, para centrarse luego en Bernardo, el hijo, desde su nacimiento en Chillán (cuestionable) hasta cuando se instala en la hacienda Las Canteras, cerca de la ciudad de Los Angeles.

Este relato recoge la época menos conocida de la vida del héroe nacional, es decir las circunstancias de su nacimiento, infancia , adolescencia y juventud, tratando de interpretar las influencias ejercidas sobre su carácter y personalidad. La novela está divida en dos partes: "En busca de la trama perdida" y " la novela del mulato".

Latcham escribe: "…Faltaba un O'Higgins visto, entendido, captado y asimilado por un escritor puro, por un novelista de garra y de raza, por un individuo sin prejuicios y sin complicaciones eruditas. Es lo que ha intentado, no sin éxito, el profundo conocedor del corazón humano que es Fernando Santiván, psicólogo minucioso y descubridor de esos ocultos móviles que determinan las acciones individuales a través de impulsos del carácter y de la conciencia".

"El mulato Riquelme permanece mudo en todo lo que se refiere a la infancia de O'higgins como si obedeciera a la consigna de no mencionar al hijo de la niña Isabel. Agradecido, seguramente, a su protector don Simón por haber permitido su casamiento con Juanita, se identifica con sus rencores y sufrimientos, se ensimisma y calla.


"El mulato Riquelme" como recurso didáctico:

Valora la riqueza de la diversidad cultural en la conformación de la comunidad nacional.
Valora la importancia del patrimonio cultural como expresión de la identidad nacional."

Provincia de Ñuble (1848 - 2017)

Fuente: Diario La Discusión
Por. Carla Aliaga


La Provincia de Ñuble fue creada por ley (1848) con una parte de Concepción (Departamento de Chillán) y una parte de Maule (Departamento de San Carlos). Posteriormente, en 1884 se crearon los departamentos de Bulnes y Yungay, segregándolos del Departamento de Chillán, pero manteniéndolos en la provincia, quedando con cuatro departamentos: Chillán, Bulnes, San Carlos y Yungay.

Tras ello comienza la nueva configuración administrativa, que tiene sus orígenes en la división territorial establecida en la Constitución Política de 1925, que estructuraba al país en provincias, departamentos, subdelegaciones, comunas y distritos.

Con el Decreto de Fuerza de Ley 8.582 y 8.583 del 30 de diciembre de 1927 se modificaron los límites provinciales y comunales, respectivamente. Se agregó el Departamento de Itata, segregado de la Provincia de Maule, y las antiguas subdelegaciones 2ª de Quillón y 3ª de Cerro Negro, segregadas del Departamento de Puchacay (Provincia de Concepción), conforman la comuna y subdelegación de Quillón, agregándoselos al Departamento de Bulnes.

Además, las antiguas subdelegaciones 8ª de Tucapel, 10ª de Reñico y 11ª de Trupán, provenientes del Departamento de Rere (Provincia de Concepción), y la subdelegación 20ª de Antuco del Departamento de La Laja (Provincia de Bío Bío), constituyeron la comuna y subdelegación de Tucapel, en el Departamento de Yungay.

Hasta 1974 existían 25 provincias en Chile, entre ellas Ñuble, conformada por cinco departamentos: Itata, capital Quirihue; San Carlos, capital San Carlos; Chillán, capital Chillán; Bulnes, capital Bulnes; y Yungay, capital Yungay.




AUTONOMÍA
Durante el gobierno militar, bajo el mando de Augusto Pinochet, se hizo un cambio radical en la concepción de regionalización. De una mirada integradora de desarrollo regional, se pasó a una estrategia que privilegió la geopolítica y la defensa nacional, que se materializó a través una división que desconoció las características históricas, políticas, geográficas y económicas de algunas regiones.

Así se conformó la nueva Región del Bío Bío, quedando Ñuble como provincia y Chillán como capital de esta. Administrativamente el poder político se concentró en Concepción. Adicionalmente se crearon las provincias de Bío Bío, capital Los Ángeles; Arauco, capital Lebu; y la Provincia de Concepción, cuya capital es Concepción, también capital regional.

La división fue provocando a lo largo de las décadas una postergación de Ñuble en materias de inversión que se mantiene hasta la actualidad: solo el 18% del total del presupuesto regional llegó a las 21 comunas ñublensinas en 2014 y generalmente nunca supera el 25%.

Sin embargo, esa postergación no desvalorizó el patrimonio cultural e identitario de la zona. Por el contrario, se fortaleció. Prueba de ese fuerte arraigo cultural es ser cuna de innumerables artistas de reconocida importancia mundial, como el pianista Claudio Arrau, la folclorista Violeta Parra, su hermano, el antipoeta Nicanor Parra, y la escultora Marta Colvin; además de figuras cumbres de nuestra patria, como Bernardo O’Higgins, Arturo Prat y Arturo Merino Benítez.

La artesanía, en sus variadas manifestaciones, el folclor, los deportes huasos, constituyen manifestaciones vigorosas de la identidad local.

Un cuadro único, distintivo y de una inigualable personalidad fue uno de los argumentos que primaron en el Congreso por quienes defendieron la aspiración ñublensina de ser región.

sábado, 19 de agosto de 2017

Proyecto de ley, que crea la XVI Región de Ñuble y las provincias de Diguillín, de Punilla y de Itata .




SOLICITAR PROYECTO DE LEY PARA OBJETO DE MATERIAL EDUCATIVO

Santiago, dos de agosto de dos mil diecisiete.
Proveyendo a fojas 140, 153, 164,170 y 181, a todo, a sus antecedentes.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

I.         PROYECTO DE LEY REMITIDO.
PRIMERO.- Que, por oficio Nº 149 /SEC/17, de 17 de julio de 2017 –ingresado a esta Magistratura el día 19 del mismo mes y año-, el Senado remite copia auntenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea la XVI Región de Ñuble y las provincias de Diguillín, de Punilla y de Itata (Boletín Nº 10.277-06), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto a sus artículos 1º,  2º,  5º,  6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 16º y 17º permanentes, y de los artículos primero, segundo, tercero, cuarto, décimo y undécimo transitorios del proyecto;

SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación;”
TERCERO.- Que, de acuerdo al precepto invocado en el considerando anterior, corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre las normas del proyecto de ley remitido que versen sobre las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional;

II     NORMAS DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDAS A CONTROL        
        PREVENTIVO DE CONSTITUCIONALIDAD

CUARTO.-  Que las normas del proyecto de ley sometidas a control de constitucionalidad disponen:

Artículo 1º.- Créase la XVI Región de Ñuble, capital Chillán, que comprende las Provincias de Diguillín, de Punilla y de Itata que se crean en virtud del artículo siguiente.

Artículo 2º.- Créase la provincia de Diguillín, que comprende las comunas de: Chillán, Chillán Viejo, Quillón, Bulnes, San Ignacio, El Carmen, Pinto, Pemuco y Yungay. Su capital es la ciudad de Bulnes.

Créase la Provincia de Punilla, que comprende las comunas de: San Carlos, Ñiquén, Coihueco, San Fabián y San Nicolás. Su capital es la ciudad de San Carlos.

Créase la Provincia de Itata, que comprende las comunas de Quirihue, Cobquecura, Ninhue, Treguaco, Coelñemu, Portezuelo y Ránquil. Su capital es la ciudad de Quirihue.

(...)


Infografía plataforma Sabes.cl